Principales novedades en materia de energía

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    NOVEDADES EN EL SECTOR ELÉCTRICO

    Estatuto de consumidores electrointensivos

    Con fecha 14 de junio de 2023, se publicó el Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el estatuto de los consumidores electrointensivos.

    Este Real Decreto modifica el estatuto de consumidores electrointensivos para incluir a la industria extractiva en la lista de sectores elegibles para los apoyos previstos en el mismo, de acuerdo a lo establecido en las nuevas «Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022». Asimismo, se modifica la metodología para el cálculo de las ayudas mediante la distinción entre (i) sectores en riesgo de deslocalización, en los que la ayuda se reduce a un 75% de los costes subvencionables (salvo que cumplan una serie de obligaciones relativas al consumo y contratación a largo plazo de energía renovable) y (ii) sectores en riesgo significativo de deslocalización, manteniendo estos un porcentaje del 85%.

    También se establece la posibilidad de recibir ayudas adicionales por encima del 85% del total de costes subvencionables cuando la empresa en cuestión tenga unos costes por cargos del sistema superiores al 0,5% de su valor añadido bruto (o al 1% en el caso de los consumidores en riesgo de deslocalización), siempre y cuando exista presupuesto remanente una vez todas las instalaciones hayan recibido la ayuda máxima.

    Además, entre otras cuestiones, se añaden nuevas actuaciones para dar cumplimiento a la obligación de realizar inversiones en eficiencia energética y se aclara que, en cuanto a la obligación de contratar energía eléctrica a plazo, esta debe calcularse sobre la base de la energía consumida de la red y no autoconsumida, para permitir que las industrias que autoconsuman gran parte de su demanda, puedan acceder a las mismos mecanismos de apoyo que los demás consumidores electrointensivos.

    Por último, se aclara que no se exigirá la constitución de garantías a los beneficiarios.

    Pueden acceder al contenido del Real Decreto 444/2023 aquí.

    PVPC

    Con fecha 14 de junio de 2023, se publicó el Real Decreto 446/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación, para la indexación de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica a señales a plazo y reducción de su volatilidad.

    Mediante este Real Decreto se introduce una señal de precio a los productos a plazo, configurando dicha señal como una cesta de productos a plazo con referencia al mercado a plazo gestionado por OMIP. Esta señal permite por un lado, indexar (al menos parcialmente) el Precio Voluntario del Pequeño consumidor (PVPC) a señales de precio con un claro componente de largo plazo, y al mismo tiempo se introducen productos de más corto plazo que permiten, igualmente a las comercializadoras de referencia, ajustar con mayor precisión su portfolio de energía a las verdaderas necesidades de suministro.

    En este sentido, se propone que, para la señal de precio a plazo, el reparto entre los productos se haga de tal forma que el producto mensual suponga un 10% del total, el producto trimestral se sitúe en un 36%, y el producto anual suponga un 54 %; estableciendo un marco transitorio por el cual la representatividad de la señal a plazo se incrementa de manera gradual del 15 al 55% para el periodo comprendido entre los años 2024 a 2026.

    Junto a lo anterior, destacan las modificaciones que tienen por objeto adecuar la estructura del PVPC a otras novedades regulatorias, así como su adaptación a la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo:

    (a) Las relativas a la financiación del bono social. A este respecto, las comercializadoras de referencia, en tanto participan en la actividad de comercialización, están obligadas a financiar el bono social; por lo que se incluye un término en el PVPC que recoge el valor unitario de financiar este coste.

    (b) La reformulación del ámbito subjetivo del PVPC, que se circunscribe a consumidores domésticos y microempresas. Estas últimas acreditarán tal condición por medio de una declaración responsable ante el comercializador de referencia en el momento de la solicitud o de renovación del contrato. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) podrá requerir cualquier información adicional a la empresa solicitante en su labor de supervisión del mercado minorista de electricidad.

    Pueden acceder al contenido del Real Decreto 446/2023 aquí.

    Recarga de vehículos eléctricos

    Con fecha 4 de mayo de 2023, se publicó la Orden TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla.

    Mediante esta Orden se establece la información que deberán remitir (i) las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos que actúen como operadores de puntos de recarga de acceso público y (ii) las empresas proveedoras de servicios de movilidad eléctrica (EMSP) a las comunidades autónomas o al MITERD, según corresponda, mediante los procedimientos electrónicos que estos determinen.

    El primer envío de información tanto a comunidades autónomas como al MITERD deberá realizarse en el plazo de tres meses desde que estos hayan puesto a disposición de los interesados los procedimientos de remisión de información mencionados anteriormente.

    Pueden acceder al contenido de la Orden aquí.

    Concurso de capacidad

    Con fecha 9 de junio de 2023, se publicó una Resolución de la Secretaría de Estado de Energía por la que se acuerda la celebración de concurso de capacidad de acceso en determinados nudos de la red de transporte.

    En la Resolución se acuerda la celebración de un concurso de capacidad de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; en el nudo TRIVES 220 (Galicia) y pueden acceder al contenido de la misma aquí.

    Acceso y conexión

    La CNMC ha abierto el plazo de información pública sobre la propuesta de Circular por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.

    El trámite de información pública estará abierto hasta el día 28 de junio de 2023 y pueden acceder a la propuesta de resolución aquí.

    Almacenamiento

    El MITERD ha abierto el plazo de información pública sobre la Propuesta de Orden Ministerial por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de Resolución para la primera convocatoria de ayudas.

    La propuesta recoge los tipos de proyectos de almacenamiento subvencionables que serán (i) proyectos independientes, (ii) proyectos hibridados con instalaciones de producción de energía mediante fuentes renovables, (iii) proyectos de bombeo reversible en instalaciones preexistentes o (iv) proyectos de almacenamiento térmico. Todos estos proyectos deberán haber concluido y estar operativos antes del 30 de junio de 2026, salvo en el caso del bombeo reversible, cuyo plazo, sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones, podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2030.

    Asimismo, se propone la primera convocatoria de ayudas que estará centrada en la financiación de:

    (a) proyectos de almacenamiento independiente o stand-alone conectados a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica con un máximo de 150 millones de euros; y

    (b) proyectos de almacenamiento térmico, caracterizados porque la energía almacenada deberá ser empleada en su uso final como energía térmica (calefacción o refrigeración), con un máximo de diez millones de euros.

    El trámite de información pública está cerrado desde el día 23 de junio de 2023 y pueden acceder a toda la información del mismo aquí.

    NOVEDADES EN EL SECTOR DE HIDROCARBUROS

    Reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión

    Con fecha 16 de junio de 2023, se publicó la Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión.

    Mediante esta Resolución se adecúan las reglas del mercado organizado a lo dispuesto en la Circular 2/2020 de la CNMC en relación con el procedimiento de habilitación y baja de cartera de balance de los usuarios del sistema gasista y con la metodología a emplear para el cálculo de desbalance diario. Además, se lleva a cabo una consolidación integral de las citadas reglas del mercado (eliminando los anexos del III al IX que recogían diversas resoluciones de mercado previamente aprobadas), incorporando su contenido al articulado, al objeto de favorecer su comprensión. Asimismo, se introducen otras modificaciones para compatibilizar estas reglas con las aplicadas en MIBGAS Derivatives, recientemente aprobadas y se añaden dos nuevos índices (MIBGAS PVB Last Price Index (LPI) Day-Ahead y MIBGAS PVB Average Price Index(API) Day-Ahead) para facilitar las comparativas con otros mercados, entre otras.

    Otra de las principales novedades es la eliminación de las referencias al operador portugués en la medida en que estas reglas ahora solo son de aplicación a los productos con entrega en el PVB del sistema gasista español. Finalmente, se incorporan a las reglas ciertas funciones de la Entidad de Contrapartida Central.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.

    Peajes de acceso; capacidad interrumpible

    Con fecha 2 de junio de 2023, se publicó la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la CNMC por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2024.

    Además de los peajes, en la misma se establecen también las zonas y los valores concretos de capacidad interrumpible a contratar, de acuerdo a lo establecido en la Circular 6/2020 de la CNMC.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.

    Garantías

    Con fecha 1 de junio de 2023, se publicó la Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifican las normas de gestión de garantías del sistema gasista.

    Por medio de esta Resolución se establecen los nuevos modelos de contrato de aval bancario y certificado de seguro de caución que serán de aplicación cuando las garantías se acrediten electrónicamente y que sustituyen a los establecidos previamente por Resolución de 2 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Energía.

    Por otro lado, se incorpora a A.M. Best como agencia de calificación de entidades aseguradoras y se autoriza a cooperativas de crédito y a las sucursales en España de entidades no residentes en Estados Miembros para prestar avales, líneas de crédito irrevocables así como certificados de seguros de caución.

    Pueden acceder al contenido de la Resolución aquí.